La Biblioteca Pública de Boulder es su espacio, pero no es sólo suyo

Sky Cone at the Main Library

Aprobado por la Comisión de la Biblioteca el 5 de octubre de 2022.

In English

Propósito:

La Comisión de la Biblioteca de Boulder y el personal de la Biblioteca le dan la bienvenida a la Biblioteca Pública de Boulder. Lo animamos a que use los espacios, servicios y recursos de la biblioteca y nos dedicamos a proporcionar un espacio acogedor, limpio y cómodo para nuestra comunidad. Solicitamos su cooperación para mantener un entorno en el que los clientes, voluntarios y el personal puedan estar libres de hostigamiento, intimidación, amenazas a la seguridad y el bienestar, y en el que los recursos y las instalaciones de la biblioteca estén protegidos contra daños. Nuestras bibliotecas son espacios para leer, estudiar, escribir, escuchar materiales escritos o transmitidos electrónicamente, asistir a programas y reuniones patrocinados por la comunidad o la biblioteca y trabajar en colaboración en el espíritu de comunidad. Con estos usos en mente, la Comisión de la Biblioteca de Boulder ha adoptado las siguientes reglas de conducta para proteger los derechos, la salud y la seguridad de los usuarios, el personal y los voluntarios de la biblioteca; asegurar el uso y disfrute de la biblioteca por parte de los usuarios; y para ayudar a preservar y proteger los materiales, equipos, instalaciones y terrenos de las bibliotecas.

Visión General:

El comportamiento perturbador no será tolerado en la propiedad de la biblioteca. Estas reglas se emiten con el fin de proteger la salud, seguridad y bienestar de los usuarios y el personal de esta instalación. El personal es responsable de mantener un ambiente seguro y se espera que todos los clientes respeten sus indicaciones.

A menos que se trate de lesiones a una persona o daños a la propiedad, que son motivos para una suspensión inmediata, se notificará a cualquier usuario de la biblioteca que cause interrupciones que su comportamiento es inapropiado y se le pedirá que deje de hacerlo. Si el comportamiento continúa, se le pedirá al cliente que se retire de la biblioteca por la seguridad y el bienestar de todos. Si el usuario se niega a irse, se notificará a los oficiales locales de la ley. El comportamiento perturbador o amenazador por parte de cualquier usuario mientras se encuentra en la biblioteca puede resultar en la suspensión de privilegios de acuerdo con los procedimientos de la Sección 5-5-18, “Suspensión de los Privilegios de las Instalaciones”, Código Revisado de Boulder (B.R.C.) 1981.

Adicionalmente, cualquier persona que viole estas reglas de conducta mientras se encuentra en la biblioteca, cualquier disposición del Código Revisado de Boulder, la ordenanza de la ciudad o cualquier otra ley estatal o federal, puede estar sujeta a la suspensión de privilegios de acuerdo con los procedimientos de la Sección 5-5-18, “Suspensión de los Privilegios de las Instalaciones”, Código Revisado de Boulder (BRC) 1981 y también puede estar sujeto a un proceso penal. Las actividades criminales que ocurren en la propiedad de la biblioteca serán reportadas inmediatamente a las autoridades correspondientes. Estas reglas se aplican a todas las bibliotecas e instalaciones, a menos que se indique lo contrario.

Cualquier persona que viole estas reglas de conducta por teléfono, en la computadora o en cualquier otro dispositivo electrónico está sujeta a restricciones de acceso a los recursos y servicios de la biblioteca a discreción del director de la biblioteca o su representante.

Reglas sobre Niños sin Supervisión.

Ninguna persona deberá:

  1. Comportarse de tal manera que interrumpa el uso de la biblioteca por parte de otra persona;
  2. Amenazar o acosar al personal, voluntarios o patrocinadores, verbalmente, físicamente o por escrito, incluyendo todas las formas de medios electrónicos;
  3. Participar en comportamientos que pongan en peligro la seguridad de cualquier persona o animal de servicio;
  4. Violar cualquier política de la biblioteca o los términos de uso de las salas de reuniones, la Galería y el Teatro Canyon o la Biblioteca Carnegie para la Historia Local;
  5. Traer un arma o portar un arma, excepto según lo expresamente permitido por la ley estatal;
  6. Ingresar o poseer bebidas alcohólicas en cualquier biblioteca sin previa aprobación del director de la biblioteca o de la Comisión de la Biblioteca, o ingresar a la biblioteca en posesión de drogas o bebidas alcohólicas o encontrarse bajo los efectos de estas;
  7. Consumir tabaco, marihuana o productos que contengan tabaco o marihuana, o sus componentes, o consumir sustancias ilegales, incluido el uso de cualquier tipo de dispositivo electrónico para fumar o vapear;
  8. Cargar, guiar, traer un animal a la biblioteca, excepto los animales de servicio. Los animales deben tener licencia y estar bajo el control de sus dueños;
  9. Solicitar o recolectar firmas del público general para una petición dentro de la biblioteca;
  10. Solicitar donaciones de dinero o algo de valor dentro de ninguna biblioteca, excepto durante eventos especiales en cualquier biblioteca, durante eventos patrocinados por la biblioteca o cuando se alquile la Galería y el Teatro Canyon;
  11. Ingresar bicicletas o carritos de compras a ninguna instalación ni dejar bolsas o efectos personales sin supervisión en alguna biblioteca;
  12. Acostarse, dar siesta o dormir en cualquier biblioteca, excepto que esta regla no se aplicará a los niños;
  13. Usar los baños para cualquier otro propósito que no sea el previsto. Esto incluye pero no se limita a bañarse; afeitarse; lavarse, enjuagarse o secarse el pelo; o lavar, enjuagar o secar ropa; y cargar los teléfonos;
  14. Comer cualquier cosa mientras esté en la Biblioteca Carnegie para la Historia Local debido a la naturaleza histórica de la colección.

Definiciones:

“Comportamiento perturbador” es cualquier actividad que interrumpe el orden de la biblioteca, que pone en peligro al autor u otros, que interfiere con el negocio de la biblioteca u otros usuarios o personal de la biblioteca, que dificulta el acceso de otros a la biblioteca o materiales de la biblioteca, o es actividad ilegal. También esto puede incluir, y no está limitado a, cualquier actividad que resulte en el daño o la interrupción del equipo o los servicios de la biblioteca, o el bloqueo del acceso a la biblioteca o sus materiales, o el uso de lenguaje o gestos profanos, obscenos, intimidantes o abusivos, incluidos epítetos dirigidos a la raza, etnia, orientación sexual, identidad de género u otras características personales.

“Dispositivo electrónico para fumar”, “Cigarrillos electrónicos”, “E-cigarettes” o “Vaporizadores” significa un dispositivo eléctrico o que funciona con baterías, cuyo uso se asemeja al hábito de fumar convencional, o emite vapores que pueden usarse para administrar sustancias, incluyendo, pero no limitado a, nicotina, tabaco o marihuana, para la persona que usa dicho dispositivo. El dispositivo electrónico para fumar debe incluir, sin limitación, un cigarrillo electrónico, cigarro, cigarrillo, pipa, dispositivos de vapor o hooka. El dispositivo electrónico para fumar no debe incluir ningún producto aprobado por la administración de medicamentos y alimentos como un medicamento o dispositivo médico que se utiliza de acuerdo con su propósito.

“Instalación”, según se usa en estas reglas, significará el interior y el exterior de todos los edificios de la biblioteca y se extenderá a las aceras y los estacionamientos de la biblioteca; y el área sur debajo del puente de la biblioteca en la biblioteca principal.

“Acosar” como se usa en estas reglas significará golpear, empujar, patear o someter a la persona a contacto físico, incluido el contacto con un objeto; o con la intención de molestar o alarmar, seguir a una persona en o cerca de un lugar público, dirigir el lenguaje hacia otra persona o insultarlo repetidamente, provocarlo, desafiarlo o comunicarse en lenguaje ofensivo con otra persona.

“Biblioteca” como se usa en estas reglas significará todos los edificios de la biblioteca.

Suspensión de los Privilegios de la Biblioteca y Restricción del Acceso

El director de la biblioteca, el subdirector de la biblioteca, el personal de seguridad autorizado, el gerente de servicio o la persona designada pueden restringir el acceso a las instalaciones, recursos y servicios de la biblioteca con el retiro inmediato de la persona de las instalaciones, al suspender el acceso de la persona a las instalaciones de la biblioteca por un período de tiempo establecido o negar el acceso a servicios y/o programas específicos.

La suspensión o el período de acceso restringido se relacionarán razonablemente con la gravedad del delito, el número de delitos repetidos y su peligro para la salud pública, la seguridad y el bienestar y no podrán, a excepción de los delitos de naturaleza sexual, exceder un año.  Las suspensiones o el acceso restringido pueden variar desde 24 horas (por una primera infracción relativamente menor) hasta un año.  Se puede emitir un período de suspensión de más de un año sólo para delitos sexuales y de acuerdo con la Sección 5-5-18 B.E.C. 1981.

Derecho a Apelar

De conformidad con la Sección 5-5-18, “Suspensión de los Privilegios de la Instalación” y el Capítulo 1-3, “Audiencias Cuasi Judiciales”, B.R.C., un usuario que viola las reglas de conducta tiene el derecho de solicitar una audiencia para apelar una suspensión o su duración al presentar una solicitud por escrito con:

Boulder Public Library
Administration Office,
1001 Arapahoe Ave,
Boulder, CO 80302,
Attn: Suspension Appeals

Los clientes con preguntas sobre el proceso de apelación pueden llamar al 303-441-3106.

Las solicitudes para apelar una suspensión deben presentarse no más de 10 días después de que el aviso de suspensión se haya enviado por correo, entregado personalmente o publicado.  El usuario recibirá una notificación de la fecha, hora y ubicación de la audiencia.  En la audiencia, el usuario tendrá la oportunidad de proporcionar información sobre por qué cree que la suspensión debe ser eliminada o la duración enmendada.  Si no se presenta en la audiencia programada, se entiende que renuncia a cualquier derecho a una audiencia.

Si un usuario que ha sido suspendido decide regresar a la biblioteca una vez que el período de suspensión haya expirado, el usuario debe cumplir con las reglas de conducta y/o políticas de la Biblioteca Pública de Boulder.  Cualquier violación futura a las reglas o políticas puede resultar en una suspensión progresivamente más larga.

Aprobado por la Comisión de la Biblioteca el 5 de octubre de 2022.