Política de cámaras de seguridad

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Aprobado por la Comisión de la Biblioteca el 2 de octubre de 2019.

Las cámaras de seguridad y las grabaciones asociadas tienen la siguiente finalidad:

  • Promover la protección y la seguridad del personal, los miembros de la comunidad y las instalaciones de la biblioteca.
  • Apoyar el cumplimiento de las reglas de conducta de la biblioteca.
  • Desalentar los comportamientos ilegales e inadecuados.
  • Ayudar en la captura y el procesamiento legal de los delincuentes.

Las grabaciones podrán obtenerse y utilizarse según lo establecido en la política de privacidad.

Conservación

Las grabaciones de las cámaras de seguridad se almacenan digitalmente en equipos bajo el control del Departamento de Sistemas Informáticos de la ciudad de Boulder. En general, las grabaciones se conservan por un mínimo de 30 días o hasta que el sistema alcanza su capacidad máxima, momento en el que las grabaciones más antiguas se borran de manera automática.

Las grabaciones son confidenciales y seguras en la medida que la ley lo permite. Las grabaciones no suelen ser supervisadas ni revisadas. La ubicación de las cámaras de seguridad se limita a zonas que no violan las expectativas razonables de privacidad de las personas. Si el personal de la biblioteca o el personal de seguridad contratado detecta un incidente, las grabaciones relacionadas podrán ser revisadas, conservadas y guardadas por el tiempo que sea necesario.

Carteles

Hay carteles colocados a la entrada de las instalaciones de la biblioteca para indicar el uso de cámaras de seguridad a fin de vigilar y registrar la actividad en las áreas públicas propiedad de la biblioteca.

Responsabilidad

Esta política no impondrá ninguna responsabilidad sobre la biblioteca, sus empleados o la Comisión de la Biblioteca para la protección contra lesiones personales o daños a la propiedad ni para la prevención de pérdidas.

Divulgación pública

De conformidad con la legislación del estado, sección 24-90-119 del Estatuto Revisado de Colorado, los miembros del público tienen prohibido ver grabaciones de las cámaras de seguridad que contienen información que identifica a los usuarios de la biblioteca. En muy pocas circunstancias esta información será divulgada. Si la Biblioteca recibe una petición de un miembro del público general para inspeccionar las grabaciones de las cámaras de seguridad, la persona recibirá instrucciones para presentar una solicitud de esta información según lo establecido en la Ley de Registros Abiertos de Colorado (CORA), secciones 24-72-201 et seq. del Estatuto Revisado de Colorado, y el personal municipal determinará si se permite la inspección.

Aprobado por la Comisión de la Biblioteca el 2 de octubre de 2019.